Prórroga de las Medidas para la gestión de la pandemia de COVID-19 en Euskadi

Las medidas para hacer frente al Covid-19 vigentes en la Comunidad Autónoma Vasca prorrogadas, en principio, hasta el 13 de febrero son las siguientes:

Establecer el horario máximo de cierre a las 01:00 horas para todas las actividades comerciales, sociales y culturales, así como para los establecimientos de hostelería y restauración y asimilados. Los establecimientos y lugares cuya hora general de cierre reglamentada para su actividad sea anterior cerrarán a la hora establecida en su correspondiente normativa.
El transporte público de ámbito inferior a cada uno de los territorios históricos deberá tener como horario máximo de salida las 02:00 horas.

2  Con carácter general, fijar una limitación de aforos del 60 % en todo tipo de establecimientos y recintos interiores.

3  Adicionalmente, en el ámbito de los eventos establecer en el mismo periodo las siguientes limitaciones de aforo:

  • El máximo de personas susceptible de reunión en recintos para cualquier tipo de evento social, cultural o deportivo es de 600 personas en interiores y 800 personas en exteriores.
  • En recintos con capacidad de entre 1.600 y 5.000 personas, el máximo en interiores es de 800 personas y de 1.200 en exteriores.
  • En recintos con capacidad superior a 5.000 personas, el aforo máximo es del 50 %, sin perjuicio de que sea de aplicación otro límite determinado en el ámbito estatal.

4  En los establecimientos de hostelería y restauración, así como en las discotecas y resto de establecimientos de ocio nocturno, prohibir, el consumo de pie, así como limitar las agrupaciones de clientes por mesa o grupo de mesas, tanto en interiores como en terrazas, a un máximo de 10 personas. Asimismo, la distancia entre mesas o grupo de mesas será mínimamente de 1.5 m.
A los txokos, lonjas juveniles o sociedades gastronómicas, se les aplicará el mismo régimen que a los establecimientos hosteleros.

5  En el mismo período, determinar que la práctica deportiva en instalaciones interiores deberá estructurarse en grupos de hasta 10 personas, así como que el uso de vestuarios se limite a una ocupación del 50 % y un uso individual de duchas o mantenimiento de una distancia interpersonal de dos metros.

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